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Normativa.

Las obligaciones de un titular de puerta automática, con la finalidad de garantizar la seguridad y prevención de accidentes.

 

Información importante para el propietario.

1. La Normativa.

La normativa para puertas automáticas agrupa una serie de obligaciones para el titular como el Marcado CE y el mantenimiento. La finalidad es garantizar la seguridad de la instalación y prevenir accidentes. En la actualidad un elevado porcentaje que carece de la documentación completa o no han realizado ningún mantenimiento, lo que puede suponer sanciones y muy graves si llegará a ocurrir daños a personas o bienes

Marcado CE

Sanciones de hasta 600.000€ en caso de accidente

El marcado CE es un requisito obligatorio establecido por la norma UNE-EN 13241:2004+A2:2017 y la UNE-EN 16034:2015 las cuales indican los dispositivos de seguridad mínimos que deben estas instalado y las pruebas a realizarse. También es obligatorio disponer de las placas identificativas conforme se ha verificado junto a la documentación necesaria (declaración de conformidad ce, libro de uso y mantenimiento, factura con todos los componentes instalados, etc.).

Esta norma se aplica tanto a las nuevas instalaciones como a anteriores a partir del 1 de mayo de 2005. El marcado CE, además, se debe realizar cuando, a pesar de disponer de la certificación, se realice una modificación sustancial de la propia instalación (un ejemplo de ello sería la sustitución de un motor por otro de diferentes características). Si hubiera un accidente en el que se constate que la puerta implicada no dispone de la certificación y documentación completa, podría suponer fuertes sanciones y la negativa del seguro a cubrir la responsabilidad civil.

2. Mantenimiento obligatorio para puertas de garaje. Extiende su vida útil y cumple con la normativa

El mantenimiento es obligatorio para todo tipo de puertas de garaje y automáticas. Los períodos en los que debe realizarse las revisiones vienen establecidos por el propio fabricante, aunque es posible que este no los indique. En ese caso, la normativa específica los tiempos mínimos según el uso e intensidad. Puede variar, por ejemplo, de una puerta de garaje residencial, dependiendo de los estacionamientos, pero también puede abarcar a otros tipos de puertas como pueden ser las industriales, en cuyo caso todas a excepción de las rápidas requieren de un mantenimiento cada 6 meses.

En la revisión deben comprobarse el funcionamiento general de la instalación, analizarse el desgaste sufrido de los componentes – y sustituirse, en su caso – con el fin de evitar averías que fueran susceptibles de causar un accidente. La falta de mantenimiento que cause daño a personas puede suponer infracciones consideradas muy graves, con hasta 600.000 euros y la negativa del seguro a abonar la responsabilidad civil..

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